El Jefe de Estudios tiene como competencias:
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad en aquellos Centros que no dispongan de Vicedirector.
c) Participar en la elaboración y revisión del Proyecto Educativo, Proyecto Curricular y Programación General Anual del Centro, y velar por su cumplimiento.
d) Educativo, Proyectos Curriculares de Etapa y Programación General Anual, y velar por su ejecución.
e) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos de gobierno unipersonales del Centro, los horarios académicos del alumnado y profesorado, de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General Anual, así como someterlos a la aprobación provisional del Director, y velar por su estricto cumplimiento.
f) Coordinar y dirigir la acción de los Tutores y del Orientador del Instituto, conforme al Plan de Acción Tutorial.
g) Organizar las actividades del Instituto, de tal manera que se posibilite la realización del Plan de Formación del Profesorado del Centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Facilitar la organización del alumnado e impulsar su participación en el instituto.
j) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.
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