El Secretario (en nuestro caso, secretaria) tiene las siguientes funciones:
a) Ordenar el régimen administrativo del Instituto, de conformidad con las directrices del Director.
b) Actuar como Secretario de los órganos de gobierno colegiados del Instituto, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director
c) Custodiar los libros y archivos del Instituto.
d) Expedir las Certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del Instituto y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales e informáticos y del material didáctico.
g) Ejercer, por Delegación del Director y bajo su autoridad, la Jefatura del Personal de administración y de servicios adscritos al Instituto.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Instituto.
i) Ordenar el régimen económico del Instituto de conformidad con las instrucciones del Director y llevar la contabilidad.
j) Velar por el mantenimiento material del Instituto en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.
k) Participar en la elaboración y revisión del Proyecto Educativo y de la Programación General Anual, junto con el resto del Equipo Directivo.
l) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencia.
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